
INVESTIGANDO EN PSICOLOGÍA - Nº 21 - Año 2020
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Algunos interrogantes que movilizaron el desarrollo de la in-
vestigación fueron si los y las jóvenes del Valle Calchaquí
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conocen
sus derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos; es decir,
si reconocen las posibilidades de disponer de sus cuerpos, de su
sexualidad y reproducción, y se otorgan a sí mismas la autorización
para hacerlo. Esto implica conocer y hacer uso de la posibilidad de
acceso a métodos anticonceptivos gratuitos y elegidos por ellos y
ellas mismos dentro de la canasta disponible, a información clara
y cientíca sobre salud sexual, a gozar de su sexualidad de forma
separada de la reproducción y con quienes deseen, independiente-
mente de su identidad u orientación de género, a recibir trato digno
y respetuoso en todo el proceso de la consulta.
Consideramos que, para estudiar los procesos de accesibilidad
a servicios de salud sexual y reproductiva, y los modos de imple-
mentación de la educación sexual integral, es fundamental prestar
atención, a los efectos de subjetivación, de estas prácticas generan
en los sujetos (Brown, 2008). En consonancia con esto, en este estu-
dio sostenemos que no es posible hablar de salud sin tener en cuenta
la garantía, la apropiación y el ejercicio de estos derechos, como
derechos humanos básicos.
Lineamientos teóricos
Con el retorno a la democracia en Argentina en el año 1983,
y en el marco de restitución de derechos humanos, civiles y cons-
titucionales, se han ido produciendo una serie de transformaciones
legislativas y programáticas en materia de políticas públicas vincula-
das a los derechos sexuales, reproductivos y (no) reproductivos de
la población
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. Muchas de estas iniciativas apuntan especícamente
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El estudio se localiza en la zona de los Valles Calchaquíes de la provincia de Tucumán que
incluye comunidades como “El Mollar”, “Ta del Valle” y “Amaicha del Valle”. Otras Investi-
gaciones de corte antropológico e histórico, dan cuenta de desarrollos socio-culturales de
comunidades indígenas que habitan la región (Arenas, 2021).
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Nos referimos a la sanción en el año 2002 de la Ley nº 25.673 “Programa Nacional de Salud
Sexual y Procreación Responsable”. Ley 26. 150 de “Educación Sexual Integral” del año 2006.
En el año 2009 la Ley 26.485 “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres”. Hacia el año 2012 se sanciona el fallo FAL, para el acceso a la
interrupción legal del embarazo por las causales propuestas en el artículo 86 del Código Penal
(Riesgo de vida para la persona gestante, riesgo a la salud integral y a causa de violación); y
recientemente, en el año 2018, se implementó a nivel nacional el PLAN ENIA (embarazo no
intencional en la adolescencia) con el objetivo de reducir y prevenir estos embarazos.
Reporte de una investigación empírica sobre el acceso a la salud y educación
sexual en juventudes del Valle Calchaquí de Tucumán